0% Impuestos en Puerto Rico
Ganancias libres de impuestos en Puerto Rico (0%)
Los ingresos distribuidos a los inversionistas —tanto estadounidenses como no estadounidenses— no pagan contribución sobre ingresos en Puerto Rico, ya que los proyectos se desarrollan bajo el Programa de Zonas de Oportunidad.
“Los accionistas o socios de una corporación o sociedad que es un negocio exento no estarán sujetos a contribución sobre ingresos sobre distribuciones de dividendos o beneficios de las utilidades y beneficios generados por su ingreso neto de zonas de oportunidad de dicho negocio exento.
Las distribuciones subsiguientes de las utilidades y beneficios generadas por su ingreso neto de zonas de oportunidad que lleve a cabo cualquier corporación o sociedad también estarán exentas de toda tributación.”
Resumen Visual:
- 0% contribución sobre ingresos en Puerto Rico
- Aplica a inversionistas estadounidenses y no estadounidenses
- Beneficio otorgado por ley bajo el Programa de Zonas de Oportunidad
Beneficio fiscal para los proyectos (18.5%)
Las empresas que desarrollan los proyectos tributan a una tasa reducida del 18.5% en Puerto Rico al operar bajo el Programa de Zonas de Oportunidad (Ley 60). Esta menor carga fiscal mejora la rentabilidad, la estabilidad y la viabilidad financiera de los proyectos inmobiliarios.
“Un negocio exento estará sujeto a una tasa fija de contribución sobre ingresos sobre su ingreso neto de zonas de oportunidad de dieciocho punto cinco (18.5%) por ciento en lugar de cualquier otra contribución impuesta por el Código de Rentas Internas.”
Resumen visual:
- Las empresas desarrolladoras tributan solo un 18.5% en Puerto Rico
- Beneficio otorgado por el Programa de Zonas de Oportunidad (Ley 60)
- Menor carga fiscal = mayor rentabilidad y estabilidad del proyecto
Exención parcial sobre la propiedad para los proyectos (25%)
Gracias al Programa de Zonas de Oportunidad (Ley 60), los proyectos pagan un 25% menos en contribuciones sobre la propiedad, reduciendo costos y mejorando su rentabilidad.
“La propiedad mueble de un negocio exento utilizada en el desarrollo, organización, construcción, establecimiento u operación de la actividad cubierta bajo el decreto, tendrá un veinticinco (25) por ciento de exención sobre las contribuciones municipales y estatales sobre la propiedad.”
Resumen Visual:
- 25% menos en contribuciones sobre la propiedad en Puerto Rico
- Aplica a activos utilizados en el desarrollo y operación del proyecto
- Menores costos operativos = mayor rentabilidad del proyecto
Reducción de impuestos municipales para los proyectos (25%)
Los proyectos pagan un 25% menos en impuestos municipales, reduciendo costos y mejorando su rentabilidad.
“Los negocios exentos tendrán un veinticinco (25) por ciento de exención sobre las patentes municipales, arbitrios municipales y otras contribuciones municipales impuestas por cualquier ordenanza municipal.”
Resumen Visual:
- 25% menos en impuestos municipales en Puerto Rico
- Aplica a patentes y otros tributos municipales del proyecto
- Menores costos municipales = mayor rentabilidad del proyecto

