Beneficios Contributivos
Dos de los próximos proyectos inmobiliarios de Puerto Rico Real Estate Fund LLC se desarrollarán en zonas elegibles bajo el Programa de Opportunity Zones de Puerto Rico, conforme a la Ley 60-2019.
Estos incentivos contributivos generan beneficios tanto para los inversionistas como para los proyectos, fortaleciendo la viabilidad financiera de las inversiones y reduciendo la carga contributiva de los desarrollos inmobiliarios.
Asimismo, los beneficios contributivos obtenidos por los proyectos bajo el Programa de Opportunity Zones pueden contribuir a fortalecer financieramente a las compañías desarrolladoras para futuros proyectos, incluyendo desarrollos que no necesariamente estén ubicados dentro de zonas elegibles.
Beneficios Contributivos para Inversionistas
Ganancias Libres de Impuestos en Puerto Rico (0%)
Las distribuciones provenientes de proyectos desarrollados bajo el Programa de Opportunity Zones pueden estar exentas de contribución sobre ingresos en Puerto Rico para los inversionistas.
“Los accionistas o socios de una corporación o sociedad que es un negocio exento no estarán sujetos a contribución sobre ingresos sobre distribuciones de dividendos o beneficios de las utilidades y beneficios generados por su ingreso neto de zonas de oportunidad de dicho negocio exento.”
Resumen Visual
- 0% contribución sobre ingresos en Puerto Rico sobre distribuciones elegibles
- Aplica a distribuciones provenientes de proyectos desarrollados bajo Opportunity Zones
- Beneficio contributivo otorgado por Ley 60 de Puerto Rico
Beneficios Contributivos para los Proyectos de PRRE
Los incentivos contributivos aplicables a los proyectos inmobiliarios permiten reducir costos operativos y contributivos, fortaleciendo la rentabilidad y estabilidad financiera de los desarrollos.
Crédito Contributivo Transferible sobre Inversiones (hasta 25%)
Los proyectos elegibles bajo el Programa de Opportunity Zones también pueden beneficiarse de créditos contributivos transferibles de hasta un 25% sobre determinadas inversiones realizadas en los desarrollos.
Al tratarse de créditos transferibles, estos pueden monetizarse mediante su venta o cesión, representando entre $7 y $14 millones de dólares adicionales. Esto fortalece ampliamente la liquidez, rentabilidad y viabilidad financiera de los proyectos inmobiliarios.
Las disposiciones de la Ley 60 contemplan créditos contributivos transferibles relacionados con inversiones elegibles realizadas en proyectos desarrollados bajo el Programa de Opportunity Zones.
Resumen Visual
- Crédito contributivo transferible de hasta un 25%
- Posibilidad de monetización mediante venta o cesión
- Mayor liquidez y fortaleza financiera para el proyecto
- Beneficio contributivo otorgado bajo Ley 60 de Puerto Rico
Tasa Contributiva Reducida (18.5%)
Las compañías desarrolladoras elegibles bajo el Programa de Opportunity Zones tributan a una tasa fija reducida de 18.5% sobre ingresos generados por los proyectos.
“Un negocio exento estará sujeto a una tasa fija de contribución sobre ingresos sobre su ingreso neto de zonas de oportunidad de dieciocho punto cinco (18.5%) por ciento…”
Resumen Visual
- Tasa contributiva reducida del 18.5%
- Menor carga contributiva para el proyecto
- Mayor estabilidad y viabilidad financiera
Exención Parcial sobre Patentes y Arbitrios Municipales (25%)
Los proyectos elegibles bajo Opportunity Zones pueden beneficiarse de una reducción parcial sobre determinadas contribuciones municipales.
“Los negocios exentos tendrán un veinticinco (25) por ciento de exención sobre las patentes municipales, arbitrios municipales y otras contribuciones municipales…”
Resumen Visual
- 25% menos en patentes y arbitrios municipales
- Reducción de costos operativos
- Mayor eficiencia financiera para el proyecto
Exención Parcial sobre Impuestos a la Propiedad (25%)
Los proyectos elegibles también pueden recibir beneficios contributivos sobre determinados impuestos relacionados a propiedad utilizada en el desarrollo y operación del proyecto.
“La propiedad mueble de un negocio exento… tendrá un veinticinco (25) por ciento de exención sobre las contribuciones municipales y estatales sobre la propiedad.”
Resumen Visual
- 25% de exención sobre contribuciones aplicables a propiedad elegible
- Menores costos de desarrollo y operación
- Mayor rentabilidad potencial del proyecto
La información presentada tiene fines informativos generales y se basa en disposiciones de la Ley 60 de Puerto Rico. No constituye asesoría legal, contributiva o financiera individual. El tratamiento contributivo puede variar según la jurisdicción y la situación particular de cada inversionista. Se recomienda consultar con asesores legales y contributivos cualificados antes de realizar cualquier inversión.

